En la sesión del 9 de mayo, la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes le dio media sanción al Proyecto de adhesión a la Ley Nacional que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica, fijando distancias para la instalación de nuevas farmacias y traslados existentes.
Se trata del Proyecto de Ley de adhesión a la Ley Nacional Nº 17.565 y su modificatoria Nº 26.567 que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica y que fue presentado por el Diputado Juan José Fernández Affur. El documento presenta entre sus fundamentos la problemática del aumento de venta indiscriminado de medicamentos de venta libre en los Kioscos y la falta de una distancia mínima para la instalación de farmacias, lo que hacen necesaria una ley provincial de adhesión a la ley nacional sobre la temática y que establezca la distancia que debe existir entre las farmacias a instalarse en el territorio provincial y traslados de las existentes.
De esa manera, el proyecto, que ahora aguarda su tratamiento en la Cámara de Senadores, establece en su artículo primero adherirse a la Ley Nacional Nº 17565 y su modificatoria, la ley Nacional 26.567, sancionada el 25 de noviembre de 2009 y promulgada de hecho el 17 de diciembre de 2009, que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica por la cual se sustituyen los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 17.565 y se derogan los artículos 14 y 15 del Decreto Nº 2.284/91, ratificado por Ley 24.307.
El artículo 2, en tanto, sostiene que la instalación de nuevas farmacias en la Provincia, deberá distar entre una y otra de trescientos (300) metros como mínimo entre la puerta principal de cada farmacia, medido por la senda peatonal, siendo la distancia de ciento cincuenta (150) metros, medido por la senda peatonal, cuando se trate de traslado de local de las mismas, únicamente por fuerza mayor debidamente justificadas.
De convertirse en ley, el Ministerio de Salud Pública será la autoridad de aplicación.
